Este año comienzan a regir varios cambios regulatorios que obligarán a las empresas del mundo de la logística y el supply chain a ajustar procesos, sistemas y controles internos. Desde nuevas exigencias en facturación y traslado de bienes (resolución 154) hasta mayores estándares de trazabilidad y cumplimiento, el énfasis está puesto en la información, la formalización y la gestión del riesgo.
ENERO
El 5 de enero entró en vigencia la exigencia de estándares de emisiones equivalentes a Euro VI para vehículos pesados nuevos. Esta normativa establece que los vehículos motorizados pesados cuya primera inscripción se solicite a partir de esta fecha deberán cumplir con límites máximos de emisiones contaminantes, tales como óxidos de nitrógeno (NOx), material particulado (MP), monóxido de carbono (CO) e hidrocarburos, de acuerdo con estándares internacionales equivalentes a Euro VI o normas estadounidenses comparables. Este requisito se aplica al proceso de homologación y primera inscripción de vehículos, por lo que los modelos que no cumplan con estas exigencias no podrán ser inscritos ni circular legalmente en el país bajo esta condición.
La normativa considera además la utilización de tecnologías de control de emisiones, como sistemas de postratamiento de gases, y su implementación está asociada a la disponibilidad de combustibles de bajo contenido de azufre.
El 7 de enero se publicó el reglamento de la ley que regula los plásticos de un solo uso y botellas plásticas, estableciendo condiciones para su entrega, comercialización y gestión. Esta normativa introduce obligaciones para empresas en materia de envases y embalajes.
El 21 de enero comenzó a regir la modificación al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), introducida mediante el Decreto Supremo N°17/2026.
Esta modificación actualiza umbrales, definiciones y criterios para determinar el ingreso de proyectos al SEIA, incluyendo ajustes en tipologías vinculadas a almacenamiento de combustibles, manejo de sustancias peligrosas, tratamiento de residuos y proyectos de equipamiento.
La normativa es obligatoria y se aplica a todos los proyectos nuevos o modificaciones que, conforme a los criterios vigentes, deban someterse al SEIA. En estos casos, los proyectos deberán ingresar mediante una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, según corresponda, como condición previa para su ejecución.
Asimismo, los cambios introducidos pueden modificar las condiciones bajo las cuales determinados proyectos deben ingresar al sistema, lo que implica la necesidad de revisar los criterios aplicables en cada caso conforme a la normativa vigente.
El 22 de enero se publicó el decreto que aprueba la Política Nacional de Desarrollo Productivo Sostenible, instrumento que orienta la acción del Estado en materia de productividad, innovación y transición sostenible. Si bien no establece obligaciones directas para las empresas, define lineamientos para políticas públicas que pueden influir en inversión, financiamiento y regulación en sectores productivos.
FEBRERO
El 5 de febrero entró en vigencia la prórroga automática de licencias de conducir, extendiendo la validez de licencias vencidas en 2025 hasta el 31 de diciembre de 2026 y prorrogando por seis meses aquellas con vencimiento en 2026.
El 7 de febrero se publicó la Ley N°21.797 (Ley Jacinta), que introduce nuevas exigencias en materia de idoneidad de los conductores, modifica aspectos del seguro obligatorio (SOAP) y establece nuevas sanciones.
Respecto de los conductores, la normativa incorpora la obligación de que acrediten, mediante una declaración jurada, que no padecen enfermedades o condiciones que puedan afectar su capacidad de conducción, conforme a lo que establezca el reglamento respectivo.
Asimismo, se dispone que la entrega de información falsa en dicha declaración constituye una infracción grave, a la que se agrega la sanción de cancelación de la licencia de conducir.
Estas disposiciones se integran al sistema de licencias de conducir y su aplicación efectiva depende de la dictación del reglamento correspondiente, el cual definirá los procedimientos y condiciones específicas para su cumplimiento.
El 13 de febrero se publicó la Ley N°21.804, que introduce modificaciones a la regulación de sistemas eléctricos medianos, estableciendo nuevos criterios para la planificación, operación y expansión de estos sistemas.
Esta normativa ajusta los procesos de inversión y desarrollo energético en zonas aisladas, incorporando exigencias de eficiencia y proyecciones de demanda, lo que puede incidir en proyectos industriales o logísticos ubicados fuera de los principales sistemas eléctricos.
ABRIL
El 26 de abril comienza a regir la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, en el marco de la implementación gradual de la Ley N°21.561. Esta reducción aplica a los contratos de trabajo vigentes, sin implicar disminución de remuneraciones.
La normativa establece que la jornada ordinaria debe ajustarse a este nuevo límite semanal, pudiendo distribuirse de común acuerdo entre empleador y trabajador dentro de los márgenes legales. Asimismo, mantiene la obligación de registro de asistencia mediante sistemas autorizados.
Para las empresas, esto implica la adecuación de jornadas laborales, sistemas de turnos y registros de control de horas, así como la revisión de contratos y reglamentos internos para dar cumplimiento a la nueva jornada máxima legal.
MAYO
El 1 de mayo comienza la aplicación obligatoria de la Resolución Exenta N°154 del Servicio de Impuestos Internos, que fija nuevos requisitos para las facturas electrónicas y guías de despacho que respalden el traslado de bienes afectos a IVA.
La normativa establece que estos documentos deberán incorporar información adicional obligatoria, incluyendo dirección y comuna de origen y destino, identificación del chofer (nombre y cédula), RUT del transportista, patente del vehículo y, cuando corresponda, del remolque, así como una descripción detallada de los bienes transportados. Asimismo, se exige indicar el tipo de traslado (venta, traslado interno, devolución, consignación u otros), y emitir una guía por cada vehículo o trayecto, salvo casos debidamente justificados.
La resolución también establece que, en caso de modificaciones en la información originalmente registrada -como cambios de vehículo, ruta o transportista- deberá emitirse un nuevo documento tributario o anular el anterior, asegurando la trazabilidad del traslado.
En términos operativos, la implementación implica la actualización de los formatos de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), incorporando nuevos campos obligatorios y ajustes en los esquemas de validación, lo que requiere adecuaciones en sistemas de facturación, ERP y plataformas logísticas.
Adicionalmente, la normativa contempla mecanismos de verificación y registro, incluyendo la creación de un registro de guías de despacho disponible para fiscalización y la obligación de mantener respaldo digital de la información por un período determinado.
Estas disposiciones aplican a todas las operaciones de traslado de bienes corporales muebles documentadas mediante guías de despacho o facturas, incluyendo traslados entre sucursales, entregas a clientes y movimientos asociados a exportaciones o devoluciones.
JULIO
El 14 de julio entra en vigencia el Reglamento sanitario para la recolección, recepción y almacenamiento de residuos de productos prioritarios, en el marco de la Ley REP.
La normativa establece condiciones sanitarias para las actividades de recolección, transporte, recepción, almacenamiento y pretratamiento de residuos, incluyendo exigencias sobre manejo de materiales, control de emisiones, condiciones de higiene, almacenamiento seguro y operación de instalaciones como puntos limpios y centros de acopio.
En materia de transporte, se fijan requisitos específicos para evitar la dispersión de residuos, controlar escurrimientos, reducir impactos como ruidos y olores, y asegurar la correcta disposición en instalaciones autorizadas.
El reglamento contempla disposiciones transitorias para instalaciones existentes, otorgando plazos para informar su funcionamiento y adecuarse a las nuevas exigencias sanitarias. Asimismo, establece que estas actividades deberán contar con autorización sanitaria cuando corresponda, quedando sujetas a fiscalización por parte de la autoridad competente
DICIEMBRE
El 1 de diciembre entra en vigencia la Ley N°21.719 sobre protección y tratamiento de datos personales, que establece nuevas obligaciones para el manejo de información y un régimen sancionatorio asociado, Con multas hasta 20.000 UTM y, para grandes empresas reincidentes. Para la logística, esto implica mayores exigencias en el tratamiento de datos de clientes, conductores y operaciones, incluyendo geolocalización y seguimiento de entregas.
NORMATIVAS INTERNACIONALES
El entorno regulatorio internacional también está experimentando cambios relevante, que las empresas chilenas -especialmente aquellas vinculadas al comercio exterior, la logística y el e-commerce- debieran considerar durante 2026. Europa, Estados Unidos y Asia avanzan en distintas líneas regulatorias, pero con un denominador común: mayor exigencia en trazabilidad, sostenibilidad y cumplimiento.
En Europa, uno de los hitos más relevantes es la entrada en vigencia de la fase definitiva del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM), desde el 1 de enero de 2026. Este instrumento exige a los importadores reportar y, progresivamente, pagar por las emisiones de carbono incorporadas en ciertos productos, como acero, aluminio o fertilizantes. Para empresas exportadoras o integradas en estas cadenas, esto implica mayores requerimientos de información sobre procesos productivos y huella de carbono.
También es importante tener en cuenta el avance del Reglamento sobre productos libres de deforestación (EUDR), cuya aplicación está prevista para fines de 2026. Esta norma exige demostrar que determinados productos -como madera, cacao o café- no provienen de zonas deforestadas, incorporando exigencias de trazabilidad geográfica y debida diligencia a lo largo de toda la cadena. En paralelo, el nuevo Reglamento de Envases y Residuos de Envases (PPWR), que comenzará a aplicarse en agosto de 2026, establece requisitos sobre reciclabilidad, etiquetado y gestión de envases, impactando tanto a fabricantes como a operadores logísticos y de fulfilment.
Estados Unidos, por su parte, anunció un aumento en la fiscalización de envíos de bajo valor y el refuerzo de controles asociados a la prevención del trabajo forzoso, especialmente bajo el marco de la UFLPA, que exige acreditar el origen de los productos mediante documentación robusta. Asimismo, mantienen la exigencia de cumplimiento de las normativas de la FDA para productos regulados, lo que implica requisitos estrictos para el ingreso de alimentos, bebidas y otros bienes al mercado estadounidense.
En Asia, y particularmente en China, el énfasis está puesto en el control del comercio estratégico y la gestión de datos. El reglamento sobre control de exportaciones de bienes de doble uso, vigente desde 2024, establece licencias y restricciones para determinados productos y tecnologías, lo que puede incidir en la disponibilidad de insumos y en los tiempos de suministro. A esto se suman nuevas directrices sobre transferencia transfronteriza de datos, relevantes para empresas que operan con tecnologías de seguimiento, vehículos conectados o sistemas digitales en ese mercado.














































