Una de las actitudes a las que nos hemos visto obligados a aprender por causa de la pandemia es la de sacrificar algunas libertades individuales en pro del bien común. El uso obligado de mascarilla, mantener la distancia de seguridad, usar desinfectantes al entrar a un lugar, sacar permisos o quedarnos encerrados, permitir que un desconocido nos tome la temperatura, entre otras, son parte del día a día de todos y las hemos aceptado porque entendemos que proteger a los que están más en riesgo merece cierto sacrificio, incomodidad y pérdida de libertad.
En los recintos de depósito aduanero (RDA) intra - portuarios y extra – portuarios se deben almacenar e inventariar, permanentemente, las mercancías han sido abandonadas expresa o presuntivamente, incautadas, decomisadas. Ello constituye una obligación del almacenista. Su incumplimiento puede acarrear sanciones disciplinarias, en consideración a que dichos recintos se encuentran bajo la potestad disciplinaria del Director Nacional.